Los trabajadores argentinos, bolivianos y venezolanos tienen en Brasil los mismos derechos laborales que un brasileño, incluso si trabajaron sin contrato o sin documentación migratoria regular. Atención en español, 100% a distancia, aunque ya hayas regresado a tu país.
En los últimos años, miles de trabajadores de Argentina, Bolivia y Venezuela llegaron al sur de Brasil en busca de empleo. Algunas empresas, aprovechando la necesidad y el desconocimiento de la ley brasileña, los mantuvieron fuera del registro formal: sin carteira de trabajo, sin depósitos de FGTS, sin vacaciones, sin 13º salario y, muchas veces, con jornadas superiores a la legal.
La ley brasileña no distingue entre el trabajador nacional y el extranjero. Quien prestó servicios con habitualidad, subordinación y salario fue empleado, y puede pedir a la Justicia del Trabajo el reconocimiento del vínculo y el pago de lo que no recibió, esté o no todavía en Brasil.
Si viviste alguna de estas situaciones trabajando en Brasil, es posible que tengas derechos pendientes de pago. Cada caso se analiza de forma individual.
Trabajaste como empleado pero la empresa nunca te registró, o te contrató como “autónomo”, “diarista” o por una empresa intermediaria.
La empresa no depositó el 8% mensual del FGTS, ni la multa del 40% al despedirte sin justa causa.
Nunca recibiste vacaciones con el adicional de 1/3, ni el 13º salario (aguinaldo) al final del año.
Jornadas de más de 8 horas diarias o 44 semanales, trabajo en domingos y feriados, sin pago adicional.
Parte del salario pagada en efectivo, sin recibo, o salario inferior al mínimo o al piso de la categoría.
Te despidieron sin aviso previo, sin indemnización ni liquidación final (“verbas rescisórias”).
Descuentos indebidos por alojamiento o comida, falta de equipos de protección, ambiente insalubre o peligroso.
Presiones para no reclamar usando tu situación migratoria, humillaciones o retención de documentos.
La Constitución de Brasil (art. 5º) y la Ley de Migración (Ley 13.445/2017, art. 4º) garantizan al migrante los mismos derechos laborales que al nacional. La CLT define al empleado por la relación de trabajo real, no por su nacionalidad ni por su situación migratoria.
En la Justicia del Trabajo brasileña vale la realidad de los hechos por encima de lo que dicen los papeles. Si hubo trabajo habitual, subordinado y remunerado, hubo empleo. Los tribunales laborales ya reconocieron el vínculo de extranjeros que trabajaron sin visa de trabajo o sin registro, entendiendo que la empresa no puede beneficiarse de la irregularidad que ella misma creó.
Registro del contrato, FGTS (8% mensual) y multa del 40%, 13º salario, vacaciones con adicional de 1/3, aviso previo, horas extras con adicional y reflejos, adicional nocturno, de insalubridad o peligrosidad cuando corresponda, diferencias salariales y liquidación final. También la indemnización por daño moral en casos de trato degradante.
El plazo es de 2 años contados desde el fin del contrato (Constitución, art. 7º, XXIX). Dentro de la acción se pueden cobrar los derechos de los últimos 5 años. Pasado el plazo de 2 años, el derecho de acción se pierde; por eso conviene buscar orientación cuanto antes, incluso desde el exterior.
La Justicia del Trabajo brasileña es electrónica. No es necesario viajar a Brasil en ninguna etapa.
Contanos dónde trabajaste, en qué período, cuánto cobrabas y qué no te pagaron. Atención en español.
Documento de identidad, comprobantes de pago, mensajes con la empresa, fotos, nombres de compañeros de trabajo. No hace falta tener todo: analizamos lo que existe.
El contrato y el poder se firman desde el celular. La acción se presenta en el sistema electrónico de la Justicia del Trabajo y las audiencias pueden hacerse por videoconferencia.
Abogado inscripto en la OAB/PR bajo el nº 116.485, titular de Rafael Zago Sociedade Individual de Advocacia, con sede en Francisco Beltrão, Paraná, región de frontera con Argentina. Actuación dedicada al derecho del trabajo, con atención a trabajadores extranjeros que prestaron servicios en Brasil. El contacto es directo con el abogado responsable, con explicación clara de cada etapa del proceso.
Derecho del trabajo Reconocimiento de vínculo Atención en español 100% digitalReseñas reales publicadas en el Perfil de Google del estudio, reproducidas en su idioma original (portugués).
“Excelente profissional!”
“O Dr. Rafael é um excelente profissional e competente no que faz! Recomendo o seu trabalho.”
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Sí. El derecho laboral brasileño se basa en la realidad de los hechos: si trabajaste de forma habitual, bajo órdenes de la empresa y a cambio de un salario, fuiste empleado, con o sin registro. La falta de visa o de documentación migratoria no quita derechos laborales; la responsabilidad de registrar al trabajador era de la empresa.
Sí. El proceso laboral en Brasil es totalmente electrónico. El contacto, la firma del contrato y del poder, el envío de documentos y el seguimiento se hacen a distancia. Las audiencias pueden realizarse por videoconferencia, con pedido previo al juez. No es requisito vivir en Brasil ni volver al país.
En general, no. Todas las etapas pueden hacerse de manera digital. Si en algún caso específico el juez exigiera presencia, te lo informaríamos con anticipación, pero no es la regla.
El proceso laboral trata de la relación de trabajo y de lo que no te pagaron. La situación migratoria no es objeto del juicio ni impide la acción. Si todavía estás en Brasil y querés regularizarte, los ciudadanos argentinos y bolivianos cuentan con el Acuerdo de Residencia del Mercosur y los venezolanos con medidas específicas de residencia; podemos orientarte sobre el camino.
2 años desde el fin del contrato de trabajo. Dentro de ese plazo, se pueden cobrar los derechos de los últimos 5 años trabajados. Si pasaron los 2 años, ya no es posible iniciar la acción.
Documento de identidad (DNI, cédula o pasaporte), CPF si lo tenés, comprobantes de transferencias o depósitos, mensajes de WhatsApp con el patrón o encargados, fotos en el lugar de trabajo, uniformes, credenciales y nombres de compañeros que puedan declarar como testigos. Con parte de esto ya es posible evaluar el caso.
No. Los documentos de identidad extranjeros son aceptados. Cuando algún documento necesite traducción para el proceso, el estudio te orienta sobre cómo hacerlo.
Por firma electrónica, desde el celular, a través de un enlace que te enviamos por WhatsApp o correo. La Justicia del Trabajo brasileña acepta el poder firmado electrónicamente.
Sí. No hay impedimento legal para iniciar la acción mientras el contrato sigue vigente, aunque en cada caso evaluamos juntos la mejor estrategia.
Los valores se depositan en el proceso y luego se transfieren al trabajador. Si vivís en el exterior, se analizan las opciones de transferencia internacional o de cuenta en Brasil, caso por caso.
Después de la presentación recibís el número del proceso, que se puede consultar públicamente en el sitio del Tribunal Regional del Trabajo. También podés verificar la inscripción del abogado en el sitio de la OAB (OAB/PR 116.485).
Sí. El contacto y las orientaciones se hacen en español. Los escritos presentados a la Justicia son en portugués, como exige la ley brasileña, y te explicamos su contenido.
Completá los datos y el mensaje se abre en WhatsApp, listo para enviar. Sin compromiso.